Permisos y licencias

NOTA: Indicar que hay un nuevo catálogo de permisos recogidos en la nueva ley de familias (real decreto ley 5/2023) que modifican el Estatuto de los trabajadores.

ACCIDENTE / ENFERMEDAD GRAVE / HOSPITALIZACION O INTERVENCION QUIRURGICA SIN HOSPITALIZACION QUE REQUIERA REPOSO DOMICILIARIO HASTA FAMILIARES DE 2º GRADO.

5 días

FALLECIMIENTO EN CASO DE FAMILIARES HASTA 1er GRADO

3 días

5 días (en caso de desplazamiento superior a 200 Kms.)

FALLECIMIENTO EN CASO DE FAMILIARES HASTA 2º GRADO

2 días

5 días como máximo (en caso de desplazamiento superior a 200 Kms.)

EXAMENES PRENATALES Y TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO

 

Por tiempo indispensable.

ASISTENCIA O CONSULTA AL ESPECIALISTA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Por tiempo indispensable

DEMAS CASOS ASISTENCIA A CONSULTA MEDICA (MEDICINA GENERAL)

16 horas/año (de las que 8 h. pueden ser de acompañamiento a menores de 12 años)

ACOMPAÑAMIENTO DE FAMILIARES 1er GRADO AQUEJADOS DE ENFERMEDADES ONCOLOGICAS

20 horas al año

MATRIMONIO / PAREJA DE HECHO

15 días

MATRIMONIO DE PADRES / HIJOS / HERMANOS

1 día

TRASLADO DEL DOMICILIO HABITUAL

1 día

ACUMULACION DE HORAS PARA EL CUIDADO DEL LACTANTE

     14 días laborables

PERMISO RETRIBUIDO LIBRE DISPOSICION

12 horas / año (preaviso de 7 días naturales)

PERMISO PATERNIDAD

16 semanas (las 6 primeras obligatorias)

PERMISO MATERNIDAD

16 semanas (las 6 primeras obligatorias después del parto y a jornada completa)

CUMPLIMIENTO DEBER INEXCUSABLE DE CARACTER PUBLICO Y PERSONAL

Tiempo indispensable

DERECHOS EDUCATIVOS GENERALES Y DE FORMACION PROFESIONAL

      Estatuto de los trabajadores (artículo 23)

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